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Cambios en su hogar

Los cambios en su hogar pueden ser parte de su plan de atención médica.

Estos cambios:

  • Ayuda para mantenerse saludable y seguro
  • Ayuda para desplazarse por su hogar y comunidad

Sin estos cambios, usted debería vivir en un centro de salud.

Los cambios en su hogar pueden incluir los siguientes:

  • Rampas
  • Barras de sujeción
  • Puertas más anchas

Tiene derecho a realizar cambios por hasta $5,000 al año.

Los costos del cambio no pueden exceder los $10,000 durante su vida. Si vive en una casa licenciada, no puede obtener este beneficio. 

Una casa licenciada puede tener las siguientes características:

  • Residencia de vida asistida (ALR)
  • Centro de cuidado personal integral (CPCH)
  • Programa de vida asistida (ALP)
  • Pensiones clase B y C

Si vive en una vivienda de alquiler, el propietario debe aprobar por escrito los cambios. Usted debe expresar, por escrito, que vivirá ahí durante un año. El propietario debe expresar, por escrito, que el estado y la Organización de cuidado administrado (MCO) no tienen que eliminar los cambios.

No se cubren los cambios en las zonas públicas de estos edificios:

  • Edificios de apartamentos
  • Comunidades con una asociación/fideicomiso de propietarios
  • Propiedades en alquiler

El propietario, la asociación o el fideicomiso debe realizar cambios en el área pública. No se pueden realizar cambios a las viviendas que son propiedad de proveedores de servicios de exención o alquiladas por ellos. Se pueden realizar cambios en los hogares de los encargados de Cuidado familiar para adultos (AFC). Si tiene una necesidad comprobada de cambios, se harán. Los cambios deben ser rentables. Deben ser la mejor manera de satisfacer sus necesidades. No se harán cambios a una vivienda que no estén relacionados con su seguridad o salud.

Estos cambios incluyen lo siguiente:

  • Alfombras
  • Reparación del techo
  • Cualquier cosa que haga su hogar más grande

Si necesita cambios que beneficien su salud o seguridad, incluso si hacen que su hogar sea más grande, se harán. Estos cambios incluyen lo siguiente:

  • Un baño más grande para que pueda entrar y salir una silla de ruedas

Si, en un principio, alguno de estos límites impide que la MCO realice cambios por su salud y seguridad, la MCO puede hacer los cambios. Esto debe estar en su plan de atención.

Un proveedor que realiza cambios debe:

  • Ser un contratista con licencia de NJ
  • Tener una licencia de la División de asuntos del consumidor de NJ
  • Obtener la aprobación de MCO
  • Proporcionar un número de licencia
  • Cumplir con las leyes de licencia estatales/del condado
  • Obtener permisos y aprobaciones
  • Cumplir con lo siguiente:
    • Los códigos locales/estatales de construcción y seguridad
    • Las directrices de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades
    • Las pautas de accesibilidad de ADA